El caso Toning Center: un antecedente clave del franchising en Argentina
Durante los años 90, Toning Center S.A. fue la franquicia más exitosa del rubro estético en Argentina, popular por sus circuitos de camillas motorizadas de “gimnasia pasiva”. Tuve el privilegio de ser el único asesor legal para el diseño, desarrollo y defensa de los intereses de esa franquicia a lo largo de su expansión, y esa experiencia dejó una huella importante en el derecho comercial argentino.
Un contrato sin ley propia
En esa época, el contrato de franquicia era una figura atípica: no existía una ley específica que lo regulara. Esto obligaba a redactar contratos particularmente extensos y detallados, capaces de anticipar cada escenario posible sin apoyarse en una norma general. Diseñar esas cláusulas —regalías, know-how, límites de responsabilidad— fue una parte central de mi trabajo junto a la empresa.
El fallo que marcó un precedente
El caso más citado es “Toning Center S.A. c/ Deide S.R.L. s/Ordinario”, resuelto por la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial el 26 de febrero de 2002, en el que representé a Toning Center S.A. —como en otras causas de la firma—. El conflicto surgió por el incumplimiento de un franquiciado constituido como S.R.L., y el tribunal determinó algo que hoy parece obvio pero que entonces no lo era: el socio gerente de una sociedad franquiciada no responde con su patrimonio personal por las deudas del contrato, salvo que haya actuado con dolo o se haya comprometido expresamente como fiador.
El fallo confirmó algo esencial para cualquier estructura de franquicia: la separación patrimonial entre la sociedad y sus socios se mantiene, incluso frente a incumplimientos graves.
Su legado en el Código actual
Casos como este ayudaron a construir, años antes de que existiera una regulación específica, los principios que hoy están consagrados en los artículos 1512 a 1524 del Código Civil y Comercial de la Nación: la independencia jurídica entre franquiciante y franquiciado, los límites a la subfranquicia sin autorización, y el alcance acotado de la responsabilidad por deudas comerciales dentro de la cadena.
Una lección vigente
Más de veinte años después, el caso Toning Center sigue siendo un buen recordatorio para quien hoy arma una red de franquicias: un contrato bien estructurado, con cláusulas claras sobre responsabilidad, know-how y regalías, no es un formalismo, es lo que protege a la empresa el día que algo sale mal.


